La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) informa a los contribuyentes de ambos gravámenes, que las facturas tributarias de sus obligaciones estarán disponibles en su Oficina Virtual a partir de…
- La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) informa a los contribuyentes de ambos gravámenes, que las facturas tributarias de sus obligaciones estarán disponibles en su Oficina Virtual a partir de mediados de marzo.
- En caso de necesitar pagar antes de los vencimientos, el ciudadano puede liquidar su obligación en la página web de la entidad. El sistema le generará un recibo con una fecha límite muy cercana a la expedición del recibo.
Bogotá, 25 de febrero de 2022
La Administración informa a los contribuyentes que las facturas tributarias para el pago de los impuestos predial y de vehículos serán publicadas en la Oficina Virtual a mediados de marzo.
Aquellos contribuyentes que requieran cancelar inmediatamente estas obligaciones podrán hacerlo mediante autoliquidación en el portal web de la Secretaría. En ese caso, se aclara que las fechas impresas en los recibos de pago arrojados por el sistema son indicativas, y la fecha límite correspondiente es la del calendario tributario 2022, cuya última versión podrá consultarse en la página Web de la entidad, siguiendo este enlace: (https://www.shd.gov.co/shd/calendario-tributario).
La aclaración responde a las inquietudes manifestadas en las últimas semanas por parte de contribuyentes interesados en declarar y pagar por anticipado su obligación. Se informa que el sistema que procesa esas solicitudes emite recibos con plazos de pago menores. En cualquier caso, será posible obtener otro recibo para la misma obligación, con una nueva fecha de vencimiento en cualquier momento previo a la publicación de las facturas.
“A mediados de marzo tendremos disponibles las facturas de estos impuestos en la Oficina Virtual, con las fechas definitivas de los vencimientos. No obstante, en caso de requerir antes un trámite urgente, por la venta de un predio o vehículo, el sistema le permitirá al usuario hacer la declaración correspondiente”, explica el director de Impuestos de Bogotá, Orlando Valbuena.
Con esta declaración, el sistema genera un recibo con el valor por pagar. “Tras verificar la información del documento obtenido, el contribuyente deberá pagar a más tardar en la fecha que allí aparezca o repetir el proceso, en otra oportunidad, siempre y cuando sea antes de la fecha de vencimiento fijada en el calendario tributario”, agrega Valbuena. Ofrecemos esta alternativa para facilitar las operaciones comerciales de los contribuyentes, mientras que se emiten y publican las facturas.