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Relación de pagos

La relación de pagos es un reporte informativo que se expide con la información correspondiente a la declaración presentada y pago de impuestos de los últimos años.

1. Usted cuenta con las siguientes opciones para obtener la relación de pagos:

  • Diríjase a uno de los siguientes puntos de atención:
    • SuperCADE Américas
    • SuperCADE Bosa
    • SuperCADE CAD
    • SuperCADE Calle 13
    • SuperCADE Suba
    • SuperCADE 20 de Julio

2. Presente alguno de los siguientes documentos:

  • Original o fotocopia del impuesto de años anteriores.
  • Original o fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería si es persona natural, si es persona jurídica presente el NIT y copia del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, con vigencia no mayor a 90 días.

Es importante anotar que si el trámite lo realiza un tercero deberá estar debidamente autorizado por quien corresponda aportando los siguientes requisitos:

Si es persona natural:

  • Carta de autorización firmada por el contribuyente (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
  • Fotocopia del documento de identificación del contribuyente.
  • Fotocopia del documento de identificación del autorizado.

Si es persona jurídica:

  • Carta de autorización firmada por representante legal (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
  • Fotocopia del documento de identificación del representante legal.
  • Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, con vigencia no mayor a 90 días.
  • Fotocopia del documento de identificación del autorizado.

4. Como respuesta, el solicitante recibe un documento informativo de las declaraciones y pagos de cada año gravable que ha presentado el propietario o poseedor. Este documento es de entrega inmediata.


Tenga en cuenta:

  • En los casos en los cuales no se encuentre actualizada la información frente al sujeto pasivo de los tributos en el Sistema de Información Tributaria, se solicitará al propietario o autorizado acreditar la propiedad sobre el Impuesto a consultar, para lo cual podrá adjuntar adicionalmente en original o copia el documento que así lo determine.
  • En los casos en los cuales los ciudadanos acudan a solicitar deudas para los predios que se encuentren inmersos en procesos de remate, quien deberá autorizar la entrega de las deudas es la entidad que tenga a cargo el bien.
  • Para las sucesiones se le entregará información al socio (Cónyuge o compañero permanente) y a los demás herederos reconocidos por la Ley (hijos reconocidos), para lo cual deberán adjuntar copia del acta de defunción y el documento que acredite el vínculo de consanguinidad y/o afinidad (registro civil, partida de matrimonio, entre otros).

Fecha de publicación: 06/02/2014

Fecha de última actualización: 19/08/2015

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