Educación tributaria
La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá desarrolla de manera permanente actividades de divulgación y sensibilización sobre los tributos que administra la Secretaría Distrital de Hacienda, con el propósito de concienciar a los contribuyentes, mejorar su comportamiento tributario y fortalecer las competencias y cultura tributaria de la ciudadanía bogotana, de los funcionarios de las entidades distritales, de gremios empresariales y, en general, de las comunidades académicas de colegios y universidades.
A través de sus líneas estratégicas de acción la Entidad desarrolla actividades que permiten orientar sobre impuestos distritales, dar a conocer el uso de las herramientas para acceder a la información y al pago de las obligaciones, facilitando el acceso a los servicios, para fortalecer la cultura de la contribución y la importancia del recaudo oportuno para la ciudad.
Recuerda que, los servicios de la Secretaría Distrital de Hacienda son gratuitos. No necesitas intermediarios para gestionar tus trámites.
Conoce más información sobre las actividades y estrategias con la ciudadanía en el Distrito Capital.
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Semilleros de formación tributaria
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Sensibilización tributaria en universidades
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Jornadas virtuales
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Para la atención a través de los diferentes canales de la Secretaría Distrital de Hacienda, ten en cuenta lo siguiente:
- Los trámites y servicios de la Entidad son GRATUITOS y no requieren intermediarios.
- Los trámites y servicios de carácter tributario tienen reserva, por lo que, para realizarlos, debes demostrar tu calidad de propietario o autorizado y adjuntar copia digital del documento de identidad; además, debes exponer de forma clara tu necesidad, identificando el impuesto y objeto sobre el cual realizas la solicitud (CHIP, placa, número de documento, licencia urbanística, formato diligenciado inscripción RIT).
Para liquidar el impuesto, el contribuyente debe ingresar a la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda, con el correo electrónico y la contraseña. Allí puede declarar, corregir, descargar la factura y efectuar trámites, pagos o consultas de impuestos. Al iniciar sesión en la Oficina Virtual ingresa por la opción ‘Contribuyente’ para gestionar los trámites asociados a impuestos.
Fecha de publicación: 07/03/2022
Fecha de última actualización: 26/07/2024
Se debe realizar el trámite de cancelación de matrícula a través de la Ventanilla Única de Servicios de Movilidad. Ten en cuenta que, mientras no realices este trámite, continuará la obligación tributaria de declarar y pagar el impuesto sobre el Vehículo.
Fecha de publicación: 22/06/2020
Fecha de última actualización: 26/07/2024
El valor del avalúo comercial del vehículo, según las características del mismo (marca, modelo, cilindraje, línea), es determinado en la resolución que emite el Ministerio de Transporte para cada año. Para el 2024, el avalúo se estableció mediante la Resolución N.º 20233040051875 del 29 de noviembre de 2023. Consulta las tablas de avalúos de vehículos para 2024.
Fecha de publicación: 22/06/2020
Fecha de última actualización: 26/07/2024
Si aún no estás registrado en la Oficina Virtual, debes hacer el proceso con tu correo electrónico y una contraseña. Ingresa por ‘Regístrate en la Oficina Virtual’ y diligencia la información que solicita el sistema.
Si te aparece un mensaje de usuario no encontrado debes gestionar la inscripción en el RIT a través del siguiente enlace https://appsweb.shd.gov.co/limesurvey/index.php/627146?lang=es, así el sistema tendrá la información del contribuyente y permitirá realizar el proceso de creación del usuario en la Oficina Virtual.
Fecha de publicación: 08/03/2022
Fecha de última actualización: 26/07/2024
No. Solo declaran y pagan en los formularios establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda los vehículos automotores matriculados en Bogotá.
Fecha de publicación: 22/06/2020
Fecha de última actualización: 26/07/2024
No. Dentro de la normatividad tributaria Distrital no es una causal de exención o exclusión para el pago del impuesto Predial; sin embargo, los predios ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable indicadas en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) vigente pueden tributar como no urbanizables, con una tarifa de 4 por mil. Si el predio se encuentra en zona de riesgo no mitigable, es necesario gestionar el trámite y pago del impuesto desde la Oficina Virtual.
Fecha de publicación: 17/06/2020
Fecha de última actualización: 26/07/2024
Es importante tener en cuenta el uso del predio y la tarifa de acuerdo con el siguiente cuadro:
USO | TARIFA |
Dotacional (Recreativos, institucionales, plazas, etc.) con cualquier otro uso |
Dotacional |
Industrial Con cualquier otro uso (excepto dotacional) |
Industrial |
Comercial Con cualquier otro uso (excepto dotacional o industrial) |
Comercial |
Residencial (Con depósitos y parqueaderos, cuando estos sean anexos al predio residencial y no tengan matrícula inmobiliaria independiente) |
Residencial |
Teniendo claro el uso del predio, es necesario ingresar a la Oficina Virtual para declarar el impuesto y realizar el pago en línea o de manera presencial en las entidades bancarias y corresponsales autorizados.
Fecha de publicación: 17/06/2020
Fecha de última actualización: 26/07/2024
Si el vehículo es matriculado en Bogotá, se debe liquidar y pagar el impuesto en forma proporcional al número de meses que restan del año, desde el momento de la matrícula. La fracción de mes se tomará como mes completo.
Fecha de publicación: 22/06/2020
Fecha de última actualización: 26/07/2024
Si el vehículo fue matriculado antes del primer vencimiento tributario, puedes obtener el 10% de descuento por pronto pago. Ten en cuenta que las declaraciones de vehículos automotores que se presenten sin pago se tendrán por no presentadas. Consulta los plazos para el pago del impuesto
Fecha de publicación: 22/06/2020
Fecha de última actualización: 26/07/2024
Si reportas una deuda de impuesto a tu nombre que no corresponde, en primer lugar, debes solicitar la actualización de la información tributaria, validar si el origen de la deuda corresponde a una factura vencida o a un proceso oficial con la Administración. Es necesario evaluar la aplicabilidad de una posible anulación de la factura o de interponer el recurso en sede administrativa a que haya lugar. Por lo anterior, te invitamos a solicitar orientación personalizada a través de nuestros canales de atención para gestionar el trámite en forma presencial o virtual.
Fecha de publicación: 19/09/2022
Fecha de última actualización: 23/07/2024
Acto Oficial
Acto Oficial es un documento que contiene una decisión de la Administración Tributaria por medio del cual determina el monto de un impuesto a cargo de los contribuyentes, revisa, corrige o invalida una declaración tributaria o también el acto mediante el cual impone sanciones a los contribuyentes que infrinjan las normas tributarias. Se refiere a cierto y determinado tributo y periodo gravable y una vez ejecutoriado constituye título ejecutivo para exigir coactivamente el pago de las obligaciones insolutas a cargo de los sujetos pasivos contribuyentes. Contra los actos oficiales proceden los recursos definidos en las normas tributarias que en la mayoría de los casos es el de reconsideración pero en otros puede ser el de reposición o apelación.
Acuerdo del Concejo Distrital
Decisión tomada por la plenaria de la Corporación Administrativa de elección popular Distrital en la que se manifiesta una decisión sobre asuntos de su competencia (Artículo 12 del Decreto 1421 de 1993) Tiene carácter normativo dentro de la jurisdicción del Distrito Capital.
Año gravable
Periodo de tiempo comprendido entre el primero de enero y el 31 de diciembre, respecto del cual se deben cumplir obligaciones tributarias por la ocurrencia de ciertos hechos generadores de tributos durante su vigencia. Se refiere al periodo respecto del cual se debe declarar y pagar un tributo.
Autoavalúo
Estimación que hace el propietario de un bien inmueble sobre el valor de éste para efecto de establecer la base gravable a partir de la cual liquidar el impuesto a cargo
Autoliquidación
Cálculo del impuesto a pagar que realiza el mismo contribuyente, ya sea a través de un formulario físico o por medio de los aplicativos informáticos a partir de información tomada de la fuente fidedigna o suministrada por el contribuyente aplicando los factores y/o tarifas definidos en las normas que regulan los tributos.
Autoliquidador
Aplicación informática que le permite al usuario calcular y liquidar el valor del impuesto a cargo, ya sea con la información existente en las bases de datos de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá (DIB) o con la que suministra el usuario.
Avalúo
Valor económico que se le asigna a un bien para fines específicos y en términos de una moneda determinada. El avalúo puede ser comercial, el que está determinado por el precio de mercado y se realiza con fines de compra o venta, y el avalúo fiscal, que corresponde a la valoración realizada con fines tributarios. Los avalúos más utilizados para asuntos tributarios son el avalúo catastral que es el que realiza la autoridad catastral respecto de los bienes inmuebles y que sirve para determinar la base gravable mínima del impuesto predial, el avalúo de los vehículos automotores que realiza el Ministerio de Transporte y que sirve para determinar la base gravable para liquidar el impuesto sobre vehículos automotores y el avalúo de bienes en los procesos de cobro coactivo antes de que los mismos sean rematados para saldar las deudas tributarias de los contribuyentes morosos.
Base gravable
Es el valor monetario del hecho o bien gravado, sobre el cual debe aplicarse la tarifa y así determinar el monto de la obligación tributaria.
Fecha de publicación: 08/01/2015
Fecha de última actualización: 10/10/2023