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Declara y paga el impuesto de Industria y Comercio (ICA) del sexto bimestre de 2025

anuncio de vencimiento de ICA
Pagos
10 de Febrero de 2026

El plazo vence el viernes 13 de febrero

  • La obligación corresponde al periodo noviembre – diciembre de 2025.
  • Los contribuyentes pueden realizar un aporte voluntario, de hasta el 10 %, destinado a financiar becas de educación superior.
  • Una vez efectuado el pago del impuesto, los contribuyentes recibirán en su correo electrónico registrado la confirmación de la transacción desde los remitentes @ocimail.shd.gov.co o @awsmail.shd.gov.co.

 

Bogotá D. C., 9 de febrero de 2026

La Secretaría de Hacienda de Bogotá recuerda a los contribuyentes obligados a declarar el impuesto de Industria y Comercio (ICA), que el plazo para presentar la declaración y pagar la obligación del sexto bimestre del 2025 (noviembre–diciembre) vence el viernes 13 de febrero de 2026.

Para evitar intereses por mora y sanciones se recomienda cumplir con esta obligación en el iempo establecido y realizar el trámite de manera ágil y segura a través de los canales virtuales oficiales.

¿Cómo realizar la declaración y el pago?

Los contribuyentes deben ingresar a www.haciendabogota.gov.co, hacer clic en el botón Pagos Bogotá y seleccionar ICA – ReteICA para realizar el trámite de manera electrónica.

Una vez efectuado el pago recibirán en el correo electrónico registrado la confirmación de la transacción desde los remitentes @ocimail.shd.gov.co o @awsmail.shd.gov.co.

¿Quiénes deben declarar y pagar?

Quienes en 2024 hayan tenido un impuesto a cargo superior a 391 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalentes a 18.402.415 pesos, están obligados a declarar el impuesto de Industria y Comercio (ICA) de forma bimestral durante 2025.

Por su parte, los contribuyentes cuyos ingresos netos del período a declarar superen las 43.498 UVT, es decir 2.166.157.000 pesos, deberán liquidar y pagar la Sobretasa Bomberil, correspondiente al 1 % del impuesto de Industria y Comercio (ICA) del período respectivo.

Además, los contribuyentes pueden hacer un aporte voluntario de hasta el 10 % sobre el valor del impuesto.

Evite fraudes y costos adicionales

Todos los trámites son gratuitos, no requieren intermediarios y deben realizarse a través de los canales oficiales. La Secretaría de Hacienda de Bogotá no envía enlaces ni comunicaciones solicitando dinero, ni sugiere cuentas bancarias para consignaciones por fuera de los canales establecidos.

Canales oficiales de atención

  • Página web: www.haciendabogota.gov.co
  • Canales virtuales
  • Puntos de Atención Especializada en Usaquén y el centro comercial Plaza de las Américas
  • Red CADE de Bogotá en ocho puntos estratégicos de la ciudad

 

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SECRETARÍA DE HACIENDA DE BOGOTÁ

Oficina Asesora de Comunicaciones.

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Fecha de publicación: 10/02/2026

Fecha de última actualización: 10/02/2026

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