Secretaría Distrital de Hacienda

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Concepto con radicado 2019EE191042O1

Respecto de la consignación de los rendimientos financieros de los convenios interadministrativos que se deben realizar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de liquidación, ¿esta se debe entender como el plazo que se tiene después del proceso realizado de recibir extracto bancario, verificación, liquidación, cargue y registros contables?

  • Publicación:

    28 de Enero de 2022

  • Fecha de expedición:

    2019-10-28

  • Tema/Subtema:

    Tesorería

  • Fuente:

    Secretaría Distrital de Hacienda

  • Nivel de aplicación:

    Territorial

  • Estado:

    Vigente

Anexos:

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