Educación tributaria
La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá desarrolla de manera permanente actividades de divulgación y sensibilización sobre los tributos que administra la Secretaría Distrital de Hacienda, con el propósito de concienciar a los contribuyentes, mejorar su comportamiento tributario y fortalecer las competencias y cultura tributaria de la ciudadanía bogotana, de los funcionarios de las entidades distritales, de gremios empresariales y, en general, de las comunidades académicas de colegios y universidades.
A través de sus líneas estratégicas de acción la Entidad desarrolla actividades que permiten orientar sobre impuestos distritales, dar a conocer el uso de las herramientas para acceder a la información y al pago de las obligaciones, facilitando el acceso a los servicios, para fortalecer la cultura de la contribución y la importancia del recaudo oportuno para la ciudad.
Recuerda que, los servicios de la Secretaría Distrital de Hacienda son gratuitos. No necesitas intermediarios para gestionar tus trámites.
Conoce más información sobre las actividades y estrategias con la ciudadanía en el Distrito Capital.
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Semilleros de formación tributaria
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Sensibilización tributaria en universidades
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Jornadas virtuales
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Curso abierto sobre impuestos distritales MOOC
Información adicional de interés
Próximos vencimientos
Evita el fraude
Eventos Relacionados
Para la atención a través de los diferentes canales de la Secretaría Distrital de Hacienda, ten en cuenta lo siguiente:
- Los trámites y servicios de la Entidad son GRATUITOS y no requieren intermediarios.
- Los trámites y servicios de carácter tributario tienen reserva, por lo que, para realizarlos, debes demostrar tu calidad de propietario o autorizado y adjuntar copia digital del documento de identidad; además, debes exponer de forma clara tu necesidad, identificando el impuesto y objeto sobre el cual realizas la solicitud (CHIP, placa, número de documento, licencia urbanística, formato diligenciado inscripción RIT).
Para verificar si la Administración Tributaria emitió factura del impuesto Predial Unificado o del impuesto de Vehículos para una vigencia determinada, deberá estar registrado en la Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la Entidad. Si aún no está registrado, haga el proceso por la opción Regístrate aquí . Una vez inicie la sesión en la Oficina Virtual, deberá ingresar por "Contribuyente" y en la parte superior por “Facturación”, seleccionar el impuesto y el año, para obtener la información.
Fecha de publicación: 19/09/2022
Fecha de última actualización: 03/11/2023
Para verificar si la Administración Tributaria emitió factura del impuesto Predial Unificado o del impuesto de Vehículos para una vigencia determinada, deberá estar registrado en la Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la Entidad. Si aún no está registrado, haga el proceso por la opción Regístrate aquí . Una vez inicie la sesión en la Oficina Virtual, deberá ingresar por "Contribuyente" y en la parte superior por “Facturación”, seleccionar el impuesto y el año, para obtener la información.
Fecha de publicación: 19/09/2022
Fecha de última actualización: 03/11/2023
Cuando los contribuyentes no realizan el pago de sus impuestos dentro de las fechas establecidas, la ley autoriza a la administración el cobro de intereses moratorios, equivalentes a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (02) puntos.
Consulta la tasa de interés de mora.
Fecha de publicación: 19/09/2022
Fecha de última actualización: 03/11/2023
Cuando los contribuyentes no realizan el pago de sus impuestos dentro de las fechas establecidas, la ley autoriza a la administración el cobro de intereses moratorios, equivalentes a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (02) puntos.
Consulta la tasa de interés de mora.
Fecha de publicación: 19/09/2022
Fecha de última actualización: 03/11/2023
En el caso de los patrimonios autónomos es necesario aclarar que, anualmente las fiduciarias reportan la información exógena a la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo tanto, quien haga parte de ese patrimonio autónomo ya puede realizar el proceso de registro en la nueva oficina. Si no le aparece el predio registrado, debe acercarse al SuperCADE CAD con la resolución de constitución del patrimonio autónomo donde aparezca el nombre del contribuyente, y solicitar que se haga el trámite de sujeción pasiva.
Fecha de publicación: 06/04/2022
Fecha de última actualización: 02/11/2023
Cuando se realiza registro por primera vez y no se cuenta con información detallada del contribuyente, debe hacer la solicitud del Registro de Información Tributaria (RIT) ingresando a este enlace. Es necesario diligenciar los datos, llenar formato de solicitud y adjuntar documentos, para solicitar el RIT. De esta forma, aparecerá la información del contribuyente en el sistema y podrá realizar el registro en la Oficina Virtual para gestionar los trámites de impuestos.
Fecha de publicación: 31/08/2020
Fecha de última actualización: 02/11/2023
Es necesario aclarar que en este caso, el responsable del pago del impuesto es la fiduciaria; si presenta dificultades para obtener la factura de la vigencia y realizar el pago dentro de los plazos establecidos en el calendario tributario, el contribuyente debe acercarse a uno de los puntos de atención presencial dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda en los SuperCADES, presentando el contrato de fiducia, allí se realizará un trámite de sujeción pasiva, para que pueda registrarse en la oficina virtual y obtener su factura. Consulte los puntos de atención.
Fecha de publicación: 06/04/2022
Fecha de última actualización: 01/11/2023
Ingresa por la Oficina Virtual, con el usuario y contraseña, luego, por "Contribuyente" accede a “Consultas” y "Obligaciones pendientes". Allí puedes consultar el estado de las obligaciones, descargar el recibo oficial de pago y pagar en línea a través de las entidades o corresponsales autorizados. Si requieres mayor información consulta el instructivo en la página de ayudas sobre Predial para el pago de años anteriores.
Fecha de publicación: 28/03/2022
Fecha de última actualización: 25/05/2023
- Es importante recordar que los datos básicos del contribuyente son validados desde la Registraduría Nacional, por lo tanto, si no coincide el número de documento o nombres, se debe validar con esa entidad. Si la inconsistencia se presenta en datos de contacto, correo electrónico, contraseña, se puede actualizar la información desde la Oficina virtual en la sección MI RIT.
- Si los datos errados corresponden a los impuestos, debe modificarlos a través de una solicitud desde radicacionhaciendabogota@shd.gov.co
Fecha de publicación: 05/09/2022
Fecha de última actualización: 25/05/2023
Si desea realizar el trámite para liquidar, presentar y pagar ICA y ReteICA, actualmente es necesario ingresar por "Recuperar contraseña", si aún no ha realizado este paso. Al hacerlo, el sistema enviará al correo registrado un mensaje para que ingrese y genere una nueva contraseña. En esta plataforma, el usuario es el documento de la persona natural o jurídica. Si va a realizar la declaración o pago de ICA o ReteICA por primera vez, es necesario registrarse. Consulte en la página del impuesto, los instructivos
Para la declaración y pago de Predial, Vehículos, Sobretasa a la Gasolina, Publicidad Exterior y Delineación Urbana es necesario estar registrado en la nueva Oficina Virtual, en este caso, el usuario es un correo electrónico y deberá colocar una contraseña segura. Consulte el instructivo en la página de ayudas.
Fecha de publicación: 31/08/2020
Fecha de última actualización: 24/03/2023
Acto Oficial
Acto Oficial es un documento que contiene una decisión de la Administración Tributaria por medio del cual determina el monto de un impuesto a cargo de los contribuyentes, revisa, corrige o invalida una declaración tributaria o también el acto mediante el cual impone sanciones a los contribuyentes que infrinjan las normas tributarias. Se refiere a cierto y determinado tributo y periodo gravable y una vez ejecutoriado constituye título ejecutivo para exigir coactivamente el pago de las obligaciones insolutas a cargo de los sujetos pasivos contribuyentes. Contra los actos oficiales proceden los recursos definidos en las normas tributarias que en la mayoría de los casos es el de reconsideración pero en otros puede ser el de reposición o apelación.
Acuerdo del Concejo Distrital
Decisión tomada por la plenaria de la Corporación Administrativa de elección popular Distrital en la que se manifiesta una decisión sobre asuntos de su competencia (Artículo 12 del Decreto 1421 de 1993) Tiene carácter normativo dentro de la jurisdicción del Distrito Capital.
Año gravable
Periodo de tiempo comprendido entre el primero de enero y el 31 de diciembre, respecto del cual se deben cumplir obligaciones tributarias por la ocurrencia de ciertos hechos generadores de tributos durante su vigencia. Se refiere al periodo respecto del cual se debe declarar y pagar un tributo.
Autoavalúo
Estimación que hace el propietario de un bien inmueble sobre el valor de éste para efecto de establecer la base gravable a partir de la cual liquidar el impuesto a cargo
Autoliquidación
Cálculo del impuesto a pagar que realiza el mismo contribuyente, ya sea a través de un formulario físico o por medio de los aplicativos informáticos a partir de información tomada de la fuente fidedigna o suministrada por el contribuyente aplicando los factores y/o tarifas definidos en las normas que regulan los tributos.
Autoliquidador
Aplicación informática que le permite al usuario calcular y liquidar el valor del impuesto a cargo, ya sea con la información existente en las bases de datos de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá (DIB) o con la que suministra el usuario.
Avalúo
Valor económico que se le asigna a un bien para fines específicos y en términos de una moneda determinada. El avalúo puede ser comercial, el que está determinado por el precio de mercado y se realiza con fines de compra o venta, y el avalúo fiscal, que corresponde a la valoración realizada con fines tributarios. Los avalúos más utilizados para asuntos tributarios son el avalúo catastral que es el que realiza la autoridad catastral respecto de los bienes inmuebles y que sirve para determinar la base gravable mínima del impuesto predial, el avalúo de los vehículos automotores que realiza el Ministerio de Transporte y que sirve para determinar la base gravable para liquidar el impuesto sobre vehículos automotores y el avalúo de bienes en los procesos de cobro coactivo antes de que los mismos sean rematados para saldar las deudas tributarias de los contribuyentes morosos.
Base gravable
Es el valor monetario del hecho o bien gravado, sobre el cual debe aplicarse la tarifa y así determinar el monto de la obligación tributaria.
Fecha de publicación: 08/01/2015
Fecha de última actualización: 10/10/2023