Cero deudas con Bogotá
Estar al día con tus obligaciones tributarias evita que embarguen tus cuentas o bienes, recuerda que en la Secretaría Distrital de Hacienda informamos a la Contaduría General de la Nación los datos de los contribuyentes que tienen deudas pendientes para que sean reportados en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME). Más información
Por lo anterior, enviamos comunicaciones informativas a través de mensajes de texto, correo electrónico y correos físicos, a los ciudadanos que no han cumplido con el pago de sus impuestos.
Es importante que actualices tus datos de contacto en el Registro de Información Tributaria (RIT) de la Secretaría Distrital de Hacienda, porque toda la información de interés como facturas, comunicaciones de cobro y demás actos oficiales se remiten a la dirección de notificación que tengas registrada allí.
Nuestros trámites son gratuitos y no requieren gestión de intermediarios por eso:
- No seas víctima de fraude y estafa por falsas comunicaciones
- Paga solamente a través de los canales oficiales autorizados como nuestra Oficina Virtual ubicada en www.haciendabogota.gov.co en el botón PSE (pagos seguros electrónicos) o, si tienes tu factura impresa, en las entidades financieras autorizadas.
A continuación, consulta y gestiona tus obligaciones tributarias pendientes de años anteriores, entidades bancarias autorizadas en donde puedes pagar y los mecanismos de hacerlo:
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El impuesto de Industria y Comercio se genera por el ejercicio o la realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá, ya sea que se cumpla de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de comercio o sin ello.
Liquida y paga el ICA
Ingresa a la Oficina Virtual, con tu usuario y contraseña, para liquidar y pagar |
Obligaciones pendientes impuesto Predial
Para pagar tu impuesto Predial de años anteriores, ten en cuenta lo siguiente:
- Debes ingresar a la nueva Oficina Virtual, por la opción "Regístrate aquí" e iniciar el proceso de registro con un correo electrónico y una clave.
- Una vez hecho el registro, debes ingresar a la oficina con tu usuario y contraseña, por la opción "Contribuyente".
- En la barra superior encontrarás la pestaña de "Consultas"-"Obligaciones pendientes".
Selecciona "Impuesto Predial": se mostrará el valor por pagar y las opciones para descargar el recibo y pagar en bancos autorizados o para pagar en línea.
Obligaciones pendientes por impuesto de Vehículos
Para pagar tu impuesto de Vehículos de años anteriores, ten en cuenta lo siguiente:
- Debes ingresar a la nueva Oficina Virtual por la opción "Regístrate aquí" e iniciar el proceso de registro con un correo electrónico y una clave.
- Una vez registrado, debes ingresar a la oficina con tu usuario y contraseña, por la opción "Contribuyente".
- En la barra superior encontrarás la pestaña de "Consultas"-"Obligaciones pendientes".
- Selecciona "Impuesto de Vehículos": se mostrará el valor por pagar y las opciones para descargar el recibo y pagar en bancos autorizados o para pagar en línea.
Entidades bancarias y mecanismos autorizados para el pago
Los pagos pueden realizarse a través de tres mecanismos:
1. Oficina Virtual de la SDH.
2. De manera presencial, en entidades bancarias autorizadas.
3. Por medios electrónicos (portales bancarios, cajeros electrónicos y corresponsales financieros).
1. Oficina Virtual de la SDH
Para realizar el pago de los impuestos, a través de la Oficina Virtual, puedes seleccionar el medio de pago de tu preferencia: 1. débito de cuenta corriente 2. débito de cuenta de ahorros. A continuación, te ofrecemos el listado de las entidades bancarias autorizadas, por medio de las cuales podrás hacer el pago respectivo.
Bancolombia | BBVA |
Banco de Bogotá | Banco GNB Sudameris |
Banco Popular | Banco Davivienda |
Banco de Occidente | Banco AV Villas |
Banco Citibank (solo clientes corporativos) | Itaú |
Banco Cooperativo Coopcentral | Scotiabank Colpatria |
Banco Caja Social - BCSC | Bancamía |
Banco Agrario | Credifinanciera |
Banco Pichincha | Bancoomeva |
Banco Falabella | Banco Serfinanza |
Banco Santander de Negocios |
Si seleccionas la opción “Otros medios de pago-crédito”, podrás realizar el pago de los impuestos únicamente a través de las nueve entidades bancarias con las cuales la Secretaría Distrital de Hacienda tiene convenio para el recaudo por medio de este mecanismo, que son las siguientes:
Bancolombia | BBVA Colombia |
Banco de Bogotá | Banco GNB Sudameris |
Banco Popular | Banco Davivienda |
Banco de Occidente | Banco AV Villas |
Banco Citibank (solo clientes corporativos) |
Es importante mencionar que, para estos nueve bancos, es posible pagar las obligaciones tributarias con tarjeta de crédito, empleando estas franquicias:
Tanto para débito de cuenta de ahorros y/o corriente como para otros medios de pago-crédito, los pagos se reflejan de forma inmediata en el estado de cuenta de la Oficina Virtual del contribuyente.
2. Pago presencial en bancos
Este pago se reflejará en el estado de cuenta del contribuyente alrededor de dos días hábiles después del recaudo. El pago de estos impuestos puede realizarse de forma presencial, sin que sea necesario que quien realice el pago tenga cuenta (ahorros/corriente) en las siguientes entidades bancarias:
Bancolombia | BBVA Colombia |
Banco de Bogotá | Banco GNB Sudameris |
Banco Popular | Banco Davivienda |
Banco de Occidente | Banco AV Villas |
Banco Citibank (solo clientes corporativos) |
Recuerda que debes realizar la impresión del documento por pagar en una impresora láser, con el fin de facilitar la lectura del código de barras.
3. Pago por medios electrónicos bancarios
Los contribuyentes que son clientes de las entidades relacionadas a continuación pueden hacer el pago a través de los siguientes canales electrónicos bancarios:
Entidad | Cajeros | Teléfonos | Internet |
Banco de Occidente | ATH | (601)3902058 | www.bancodeoccidente.com.co |
Banco GNB Sudameris | RED Cajeros Servibanca | - | www.gnbsudameris.com.co |
Banco BBVA | - | - | www.bbva.com.co - APP BBVA |
Banco Popular | ATH | (601)7434646 - 018000184646 | www.bancopopular.com.co |
Banco Davivienda | - | - | www.davivienda.com |
Banco AV Villas | ATH | (601)4441777 | www.avvillas.com.co |
Adicionalmente, pueden pagar las obligaciones tributarias por medio de las siguientes opciones:
Grupo Aval | Grupo Éxito (cajas) | Corresponsales tradicionales |
Banco BBVA | PagaTodo |
¿Quiénes deben solicitar recibos de pago de Predial y/o Vehículos de 2023 de forma presencial?
1. Propietarios que no tienen factura de 2023 ni información registrada en la Oficina Virtual para hacer la declaración. En este caso, deben presentar el documento de identidad y de manera opcional, el certificado de libertad y tradición del inmueble.
2. Fideicomitentes o beneficiarios. Si requieren la expedición de una declaración, deben aportar el contrato de fiducia o certificación de la entidad fiduciaria.
3. Autorizado, apoderado o locatarios (predios con leasing habitacional). Deben presentar autorización firmada por el propietario y el autorizado, donde se especifiquen los datos de los dos ciudadanos (nombre completo y cédula) y, expresamente, el trámite por realizar. Si se requiere, deben hacer declaración a nombre de quien autoriza; en el documento se debe indicar que la persona autorizada está facultada para hacerlo en nombre del contribuyente o presentar el poder correspondiente. A la vez, se debe adjuntar la fotocopia de la cédula del propietario firmada por él mismo en la parte frontal y la copia de la cédula del fideicomitente, beneficiario o locatario.
4. Poseedores de predios con información incompleta. Deben presentar documento de identificación; aportar para el registro sus datos de correo electrónico, teléfonos, CHIP del predio y dirección; y llevar una declaración juramentada hecha por el poseedor (no autenticada), junto con la copia del documento de identificación, en la que se indiquen sus datos, los del inmueble y la fecha desde la cual se ostenta la posesión.
5. Herederos, por la muerte del titular. Deben presentar el certificado de defunción y el documento que demuestre el nexo del heredero (registro civil de nacimiento, en el caso de los hijos, o partida de matrimonio o extrajuicio, en el caso del cónyuge). Cuando la sucesión se encuentre en proceso, constancia de juzgado o notaría que lo evidencie.
Más información en www.haciendabogota.gov.co