Carta invitación Constructoras
|
|
Bogotá D.C., 12 de Enero de 2016
Señores <RAZON SOCIAL> <NIT> Bogotá. D.C. Asunto: Liquidación Impuesto Predial por Bases Presuntivas Respetado Contribuyente: La Secretaría Distrital de Hacienda a través de la Dirección de Impuestos de Bogotá, se encuentra realizando actividades en el marco de la Estrategia de Educación Tributaria que busca fortalecer y mejorar el comportamiento tributario, considerando los siguientes aspectos:
Con este propósito, los invitamos a sumar esfuerzos para diseñar un esquema de atención directo y exclusivo con sus clientes, que nos permita generar las liquidaciones del impuesto predial de los bienes que hacen parte de sus proyectos inmobiliarios, y de una manera pedagógica facilitar el cumplimiento de dicha obligación tributaria por parte del actual responsable. Como es de su conocimiento, para obtener la liquidación del impuesto predial se requiere de la base gravable, el uso del predio, el estrato para el caso de los predios residenciales, etc., pero en el caso de los inmuebles recientemente construidos aún no disponemos tal información, lo que NO exime ni a la constructora ni al nuevo propietario del cumplimiento de la obligación tributaria, se debe presentar de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 598 de 2015, lo que se conoce como liquidación de bases presuntivas. Para apoyar con la liquidación de estos nuevos predios, solicitamos su colaboración enviando a la Oficina de Educación Tributaria de la Dirección Distrital de Impuestos la base de los mismos con los siguientes datos:
Si desea mayor información comuníquese con Brenda Pereira, al teléfono 3385755, correo electrónico bpereira@shd.gov.co y con Carlos Navarro al 3385514, correo electrónico cnavarro@shd.gov.co
Cordialmente,
NELSON DARIO MONTOYA Subdirector de Educación Tributaria y de Servicio. Dirección Distrital de Impuestos |
|
|
Fecha de publicación: 22/10/2015
Fecha de última actualización: 13/01/2016