Incumplimiento pago Impuesto Predial
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Bogotá, D.C. Agosto de 2016 Señor(a) Asunto: Incumplimiento pago Impuesto Predial 2016
Respetado(a) Contribuyente En busca de nuestro compromiso de una BOGOTA MEJOR PARA TODOS y con el fin de obtener los mejores resultados para la ciudad con el cumplimiento de las obligaciones tributaria, le informamos que revisada la base de datos del Sistema de Información Tributario se estableció que a la fecha no ha presentado la declaración del Impuesto Predial de la vigencia 2016, del predio identificado con el CHIP:
Le recordamos que si la declaración del impuesto predial unificado no se presenta dentro del plazo máximo establecido para declarar y pagar, la sanción por extemporaneidad antes de emplazamiento para declarar, es del 1.5% por mes o fracción de mes calendario de retardo, sobre el valor del impuesto a cargo sin exceder del 100% del impuesto. Le invitamos a que declare y pague la deuda correspondiente al Impuesto, la sanción y los intereses de mora, evitando un mayor aumento de la deuda y la apertura de procesos administrativos. Las sanciones aplicables vigentes para el año 2016 las puede ver dando click aquí. Adicionalmente a la sanción, deberá pagar una tasa de interés diaria efectiva anual de 32.01% (tasa vigente entre el 1 de julio y 30 de septiembre de 2016), liquidada por cada día calendario de retardo en el pago del impuesto, contados desde el día siguiente al vencimiento de cada vigencia. Para facilitar el pago de sus impuestos, la Secretaría de Hacienda dispone de una red de atención presencial y virtual, para mayor información ingrese a www.haciendabogota.gov.co Cordialmente,
Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá |
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Fecha de publicación: 11/08/2016
Fecha de última actualización: 12/08/2016