Medidas transitorias especiales - Decreto 026 de 2015
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Bogotá, D.C. Mayo de 2015 Señor
PÓNGASE AL DÍA CON BOGOTÁ
Reciba un cordial saludo: La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, busca permanentemente la comunicación con la ciudadanía para orientarla en el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias. Estamos en esta oportunidad, invitándolo a acogerse a las condiciones especiales de pago que otorga el Decreto 026 de 2015, pagando la totalidad de las obligaciones tributarias en mora por las vigencias 2012 y anteriores, más el 20% de sanciones e intereses antes del 30 de mayo de 2015. Si cumple con los requisitos para acogerse a las condiciones especiales de pago, por favor comuníquese con la LINEA 195 y agende su cita para que sea atendido en cualquiera de nuestros puntos de atención SuperCADE: 20 de Julio, Américas, Suba, CAD, Calle 13 y Bosa o en la sede de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá DIB para obtener su liquidación. Evite la apertura o avance de procesos administrativos que le generarán mayores costos e implicaciones como embargos, secuestros y remates de bienes. Cordialmente, |
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Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá |
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Fecha de publicación: 29/04/2015
Fecha de última actualización: 29/04/2015