Secretaría Distrital de Hacienda

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Reporte BDME - Julio 2015

Señor
[Nombre del contribuyente]
[Correo electrónico]

Estimado(a) ciudadano(a):

 

La Secretaria de Hacienda, como entidad pública, tiene la obligación de enviar a la Contaduría General de la Nación, el listado de los contribuyentes que registren deudas pendientes por impuestos distritales para que sea publicada en la página www.contaduria.gov.co en el link Boletín de Deudores Morosos del Estado – BDME, los días 30 de julio de cada año.

 

Teniendo en cuenta lo anterior, le informamos que una vez consultado nuestro sistema de información tributaria, usted presenta deudas en sus impuestos distritales.

 

Protegiendo su derecho constitucional de conocer, actualizar y rectificar esta información (según lo establecido en la ley 1266 de 2008) y con el fin de evitar el reporte en la Base de Morosos del Estado le invitamos a revisar su situación tributaria  antes del 30 de julio de 2015 en nuestra página web www.haciendabogota.gov.co - opción Contribuyentes - Boletín de deudores morosos del estado – Consulta de obligaciones pendientes BDME.


 

Para mayor información, haga clic aquí

Consulta de Preguntas frecuentes sobre el reporte en el BDME  

Chat tributario

O acérquese a nuestros puntos de atención presencial de la Secretaría de Hacienda en los Supercades o a la sede DIB (Av. Calle 17 no. 65b-95 primer piso).

 

LO QUE DEBE SABER SOBRE EL BOLETÍN DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO

Si recibe una comunicación que informe sobre el reporte de deudas tributarias en el Boletín de Deudores Morosos del Estado o si se entera por un medio diferente de la comunicación:

Consulte la información reportada al BDME en la página www.shd.gov.co opción Contribuyentes - Boletín de Deudores Morosos del Estado – Consulta de obligaciones pendientes con la Secretaria Distrital de Hacienda o acérquese a los puntos de atención presencial de la Secretaria Distrital de Hacienda a fin de realizar la verificación.

En caso de tener obligaciones pendientes: Cancele la totalidad de la deuda reportada o suscriba con la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá un acuerdo de pago (facilidad de pago) que cubra la totalidad de dichas obligaciones.

Cómo procede el retiro del Boletín de Deudores Morosos del Estado, previa solicitud del contribuyente:

1. Cuando la administración compruebe que se ha cancelado la totalidad de la deuda reportada.

2. Cuando la administración compruebe que ha suscrito un acuerdo de pago (facilidad de pago) por la deuda reportada y que éste se encuentre vigente.

Fecha de publicación: 23/06/2015

Fecha de última actualización: 23/06/2015

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