Obras por Impuestos Distrital
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El mecanismo de Obras por Impuestos Distrital permite a personas naturales y jurídicas destinar parte de sus impuestos al financiamiento y ejecución directa de proyectos de inversión pública que generan impacto social y económico en Bogotá.
Esta herramienta fortalece la colaboración entre el sector público y privado, acelera la ejecución de obras prioritarias y contribuye a que los recursos tributarios se transformen en beneficios concretos para la ciudadanía.
En el marco del Plan Distrital de Desarrollo Bogotá Camina Segura (Acuerdo 927 de 2024), y desarrollado mediante el Decreto 054 de 2025, se establecieron los criterios de operación de esta estrategia en el Distrito Capital.
Nueva modalidad: fiducia para ejecutar proyectos
El 12 de febrero de 2026, el alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, expidió el Decreto Distrital 043 de 2026, que reglamenta la modalidad de fiducia dentro del mecanismo de Obras por Impuestos.
¿En qué consiste?
Las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos en el año anterior hayan sido iguales o superiores a 33.610 Unidades de Valor Tributario (UVT) podrán postularse para financiar proyectos de inversión definidos como prioritarios por el Distrito.
Una vez aprobado el proyecto:
- El contribuyente deposita el valor total de la obra, incluidos los costos necesarios para su ejecución y los costos fiduciarios, en un patrimonio autónomo, administrado por una sociedad fiduciaria vigilada.
- Desde allí se ejecuta el proyecto.
- El Distrito figura como beneficiario del fideicomiso.
A cambio, la Secretaría de Hacienda de Bogotá expide un Certificado de Aporte del Valor del Proyecto (CAVP), que permite suspender el pago de impuestos distritales por un monto equivalente al valor financiado.
La obligación tributaria se extingue cuando la obra es ejecutada y recibida a satisfacción por el Distrito.
¿Qué busca esta modalidad?
- Acelerar la ejecución de proyectos sociales prioritarios.
- Fortalecer la confianza con reglas claras y control de los recursos.
- Brindar seguridad y trazabilidad al contribuyente y al Distrito.
- Impulsar la corresponsabilidad del sector privado en el desarrollo de la ciudad.
Este modelo permite que los recursos se conviertan de forma más ágil en obras y servicios que benefician directamente a la ciudadanía.
El procedimiento detallado y los requisitos y garantías serán desarrollados en el Manual Operativo del Mecanismo de Obras por Impuestos (MOMOI), que será actualizado por las secretarías de Hacienda y Planeación.
Con este mecanismo, Bogotá avanza hacia un modelo en el que los impuestos se transforman en obras reales, con reglas claras, control fiduciario y beneficios concretos para la ciudad.
Porque el desarrollo de Bogotá también se construye con la corresponsabilidad de quienes tributan, proximamente publicaremos nuevas convocatorias.
Conoce los detalles del primer proyecto
Acordeon
Anexo 1. Formato Manifestación interés
Anexo 2. Lista verificación requisitos habilitantes proyectos estructurados
Anexo 2.1 Formato presentación proyecto estructurado
Anexo 2.2 Formato de análisis de riesgo Ley 1523 de 2012 artículo 38
Anexo 3. Formato propuesta ajuste a costos proyectos
Acordeon
Anexo técnico Secretaria Integracion Social - Linea de inversión
Anexo técnico Secretaria Integracion Social - Localización, Dotación Tipo y Especificaciones de elementos dotacionales
Anexo técnico Secretaria Integracion Social - Formato Localización y Especificaciones Técnicas para la accesibilidad SDIS