¿Para las sancinoes impuestas por Secretarias Distritales diferentes al sector hacienda, como por ejemplo, las sanciones ambientales, de tránsito y transporte y sanitarias, aplicarían los principios de "lesividad, proporcionalidad, gradualidad y favorabilidad" previstos en el artículo 282 de la ley 1819 de 2016 y el acuerdo 671 de 2017?
Concepto Jurídico. Aplicación de los principios de lesividad, proporcionalidad, gradualidad y favorabilidad en el régimen sancionatorio no tributario.
Publicación:
06 de Marzo de 2023
Fecha de expedición:
2017-12-29
Tema/Subtema:
Tributario
Fuente:
Secretaría Distrital de Hacienda
Servicio al que aplica:
Cobro coactivo
Nivel de aplicación:
Territorial
Estado:
Vigente