¿Es viable jurídicamente realizar a favor de un tercero el pago de los derechos económicos derivados de un contrato con fundamento en la figura de la cesión de créditos? ¿o este se debe hacer a través del endoso de factura?
Concepto Jurídico. Cesión de derechos económicos a favor de un tercero, contrato estatal, orden de pago. Radicado No. 2021EE043572O1
:
29 de Diciembre de 2021
:
2021-04-12
:
Tesorería
:
Secretaría Distrital de Hacienda
:
Informes y/o conceptos
:
Territorial
:
Vigente