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Concepto jurídico. Competencia -participación en asambleas y comités fiduciarios - custodia. Radicado No. 2026IE007467O1

¿La competencia para participar en las asambleas de beneficiarios y/o comités fiduciarios de los patrimonios autónomos en los cuales la Entidad tenga participación recae en la Dirección Administrativa y Financiera, en virtud de las funciones establecidas en el artículo 63 del Decreto Distrital 645 de 2025, o en la Oficina de Inversiones de la Dirección Distrital de Tesorería, en aplicación del numeral 13 del artículo 38 del mismo decreto? 

¿Para la participación en las asambleas de beneficiarios y/o comités fiduciarios de los patrimonios autónomos en los que la Secretaría Distrital de Hacienda se requiere designación o poder expreso por parte de la secretaria

  • Publicación:

    30 de abril de 2026

  • Fecha de expedición:

    2026-04-28

  • Tema/Subtema:

    Administrativo

  • Fuente:

    Secretaría Distrital de Hacienda

  • Servicio al que aplica:

    Informes y/o conceptos

  • Nivel de aplicación:

    Territorial

  • Estado:

    Vigente

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