¿Cuál es el alcance de la responsabilidad de la Oficina de Gestión de Pagos (OGP) de la Dirección Distrital de Tesorería (DDT) frente a los recursos que se encuentran retenidos por falta o insuficiencia de instrucciones para el giro por parte de las entidades ordenadoras del gasto? ¿Cuál es el grado o estándar de diligencia exigible a la OGP para entender cumplida su gestión en el marco de sus funciones y competencia? ¿La OGP debe adelantar gestiones adicionales a los requerimientos ya efectuados para obtener la información o instrucción necesaria para el giro?
Concepto jurídico. Cumplimiento de embargos, Inconsistencias en la orden de giro. Radicado No. 2026IE013338O1.
Publicación:
29 de julio de 2026
Fecha de expedición:
2026-07-27
Tema/Subtema:
Presupuesto
Fuente:
Secretaría Distrital de Hacienda
Servicio al que aplica:
Informes y/o conceptos
Nivel de aplicación:
Territorial
Estado:
Vigente