¿Desde el punto de vista jurídico cómo es el régimen de administración, gastos, conservación y enajenación de bienes muebles entregados en dación en pago en cuota parte? ¿Estos bienes se pueden dar de baja y destino final? ¿Es procedente el registro de la asignación de la cuota parte de los vehículos a nombre de la entidad?
Concepto Jurídico. Dación en pago de bienes muebles en cuota parte – gastos de administración – enajenación. Radicado 2026IE006971O1.
Publicación:
22 de abril de 2026
Fecha de expedición:
2026-04-21
Tema/Subtema:
Administrativo
Fuente:
Secretaría Distrital de Hacienda
Servicio al que aplica:
Informes y/o conceptos
Nivel de aplicación:
Territorial
Estado:
Vigente