¿La detección de inconsistencias en la información remitida para la programación trámite y ejecución del pago de depósitos judiciales constituye causal suficiente para suspender, devolver o reprogramar el trámite por parte de la DDT, o existe el deber de continuar el procedimiento mientras la entidad ordenadora del gasto adelanta la subsanación correspondiente?
Concepto jurídico. Pago de sentencias judiciales, Inconsistencias en la orden de pago. Radicado No.2026IE010229O1.
Publicación:
12 de junio de 2026
Fecha de expedición:
2026-06-05
Tema/Subtema:
Presupuesto
Fuente:
Secretaría Distrital de Hacienda
Servicio al que aplica:
Informes y/o conceptos
Nivel de aplicación:
Territorial
Estado:
Vigente