¿Existe la obligación legal para las entidades públicas de tener revisor fiscal? ¿En qué casos específicos una entidad pública está obligada a tener revisor fiscal? ¿Cuáles son las normas que regulan la obligatoriedad de tener revisor fiscal en los establecimientos públicos? ¿Es obligatorio para el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones – FONCEP contratar un revisor fiscal? ¿Es procedente que el FONCEP cuente con Oficina de Control Interno, con la auditoría que adelanta de forma regular la Contraloría de Bogotá y además con una revisoría fiscal? ¿Qué consecuencias jurídicas y fiscales puede tener para la entidad el contar con un revisor fiscal si su contratación no es obligatoria?
Concepto Jurídico. revisor fiscal FONCEP. 2024EE193039O1
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17 de Junio de 2024
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2024-06-14
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Administrativo
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Secretaría Distrital de Hacienda
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Administración de entidades liquidadas o suprimidas
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Territorial
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Vigente