Secretaría Distrital de Hacienda

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Concepto Recursos de la carga urbanística para la construcción de vivienda VIP - VIS son públicos 2018ER132773

Cuándo un urbanizador, para cumplir con su obligación de destinar suelos para VIS/VIP, opta por la alternativa señalada en el numeral 3 del artículo 2.2.2.1.5.3.1 del Decreto Nacional 1077 de 2015 ¿Los recursos producto de la carga urbanísitca son recursos públicos o de particulares?

  • Publicación:

    23 de Marzo de 2023

  • Fecha de expedición:

    2018-12-28

  • Tema/Subtema:

    Administrativo

  • Fuente:

    Secretaría Distrital de Hacienda

  • Servicio al que aplica:

    Cobro tributario

  • Nivel de aplicación:

    Territorial

  • Estado:

    Vigente

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