Secretaría Distrital de Hacienda

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Beneficio a deudores de obligaciones tributarias

La Administración distrital, a través de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), da aplicación al artículo 91 de la Ley 2277 de 2022, que establece la reducción de la tasa de interés al 50% sobre obligaciones tributarias que se encontraban en mora al 13 de diciembre de 2022.

Ten en cuenta que:

  1. El beneficio está dirigido a contribuyentes con obligaciones vencidas anteriores al 13 de diciembre de 2022.
  2. Aplica para quienes paguen sus obligaciones vencidas a más tardar el 30 de junio de 2023.
  3. La medida incluye todos los impuestos distritales: Predial, Vehículos, ICA, ReteICA, Sobretasa a la gasolina, Delineación Urbana y los demás que recauda la ciudad.

¿Cómo puedes aprovechar el beneficio?

  • Opción 1: Pagando la totalidad de tus obligaciones; es decir, debes realizar la cancelación del ciento por ciento de la obligación que adeudas por cada periodo de liquidación. Esta opción aplica hasta el 30 de junio de 2023.
  • Opción 2: Solicitando una facilidad de pago que incluya todas tus deudas en mora por concepto de impuestos. Esta opción estuvo vigente hasta el 15 de mayo de 2023.

Conoce el detalle de cada opción:

Opción 1: Si vas a pagar el total de las obligaciones, descarga el recibo de pago con el beneficio

  1. Regístrate en la Oficina Virtual. Conoce cómo haciendo clic en el enlace del instructivo de ayuda.
  2. Si ya estás registrado, descarga y paga tu recibo en la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Nota. Te sugerimos seguir las indicaciones de este instructivo de pago con el beneficio del artículo 91 de la Ley 2277 de 2022.

  1. Registro y autenticación en la Oficina Virtual: Consulta cómo hacer el registro o la recuperación de contraseña en el paso a paso relacionado a continuación.
  2. Si ya estás registrado, liquida, descarga y paga tu recibo en la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Nota. Te sugerimos seguir las indicaciones de los siguientes paso a paso

  1. Regístrate en la Oficina Virtual. Conoce cómo haciendo clic en el enlace del instructivo de ayuda.
  2. Si ya estás registrado, descarga y paga tu recibo en la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Nota. Te sugerimos seguir las indicaciones de este instructivo de pago con el beneficio del artículo 91 de la Ley 2277 de 2022.

Opción 2: Si vas a solicitar una facilidad de pago, ten en cuenta que:

  • El plazo para solicitar facilidad de pago, en el marco del Artículo 91 de la Ley 2277 de 2022, estuvo vigente hasta el 15 de mayo de 2023.
  • Debes diligenciar el formato de solicitud y radicarlo en el correo electrónico radicacionhaciendabogota@shd.gov.co.
  • El solicitante debe adjuntar copia de los recibos oficiales de pago del 30% del total de las deudas de todos los impuestos en mora, independiente del tipo de impuesto, vigencias y periodos.
  • Si el deudor incumplió una facilidad de pago anterior con la Secretaría de Hacienda, esta no le será otorgada.
  • Los intereses de mora no se congelan y se siguen causando, por lo que harán parte de las cuotas pactadas.
  • El plazo máximo que otorgará la Administración será de un (1) año, a partir de la suscripción de la facilidad.
  • La solicitud no garantiza la aprobación del plazo, pues es facultativo de la Administración otorgarlo, previo cumplimiento de los requisitos.

Consulta la información completa acerca de las facilidades de pago de obligaciones tributarias en el enlace

Acordeon

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

Contribuyentes que tengan obligaciones pendientes de pago de impuestos distritales que se encontraban en mora a la fecha de publicación de la Ley 2277 de 2022, esto es, 13 de diciembre de 2022.  

¿Hasta cuándo puedes acceder al beneficio?
  • Pagando el 100% de cada año adeudado, hasta el 30 de junio del 2023.
  • Para facilidades de pago, el artículo 91 limita la fecha para radicar la solicitud, hasta el 15 de mayo de 2023.
Entidades bancarias y mecanismos autorizados para el pago
Canales de atención

Para la atención a través de los diferentes canales de la Secretaría Distrital de Hacienda, ten en cuenta lo siguiente:

  • Los trámites y servicios de la Entidad son GRATUITOS y no requieren intermediarios.
  • Los trámites y servicios de carácter tributario tienen reserva, por lo que, para realizarlos, debes demostrar tu calidad de propietario o autorizado y adjuntar copia digital del documento de identidad; además, debes exponer de forma clara tu necesidad, identificando el impuesto y objeto sobre el cual realizas la solicitud (CHIP, placa, número de documento, licencia urbanística, formato diligenciado inscripción RIT).

 

Fecha de publicación: 10/03/2023

Fecha de última actualización: 10/07/2024

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