Inconsistencias declaraciones de Impuesto Predial
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Bogotá, D.C. Agosto de 2016 Señor(a) Asunto: Inconsistencias declaraciones de Impuesto Predial
Respetado(a) Contribuyente En busca de nuestro compromiso de una BOGOTA MEJOR PARA TODOS y con el fin de obtener los mejores resultados para la ciudad con el cumplimiento de las obligaciones tributaria, le informamos que revisada la base de datos del Sistema de Información Tributario se estableció que a la fecha tiene una inconsistencia en la declaración del Impuesto Predial, del predio identificado con el CHIP:
Por lo anterior le invitamos a corregir la declaración del impuesto predial unificado, pagando el valor faltante del impuesto, más la sanción por corrección equivalente al 10% de la diferencia del impuesto a cargo. La sanción mínima aplicable vigente para el año 2016 es de $138.000 para predios residenciales estratos 1, 2, 3 y 4; y $184.000 para los demás predios. Las sanciones aplicables vigentes para el año 2016 las puede ver dando click aquí Adicionalmente a la sanción, deberá pagar una tasa de interés diaria efectiva anual: 32.01%, (tasa vigente entre el 1 de julio y 30 de septiembre de 2016) liquidada por cada día calendario de retardo en el pago del impuesto, contados desde el día siguiente al vencimiento de cada vigencia. Para facilitar el pago de sus impuestos, la Secretaría de Hacienda dispone de una red de atención presencial y virtual; para mayor información ingrese a www.haciendabogota.gov.co Cordialmente, Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá. |
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Fecha de publicación: 19/10/2015
Fecha de última actualización: 11/08/2016