Medidas transitorias especiales - Decreto 026 de 2015 - Of. Liquidación Propiedad
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Bogotá, D.C. Mayo de 2015 Señor
Reciba un cordial saludo: La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, busca permanentemente la comunicación con la ciudadanía para orientarla en el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias.
Por lo anterior lo invitamos a que se acoja a la terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios establecidos en la Ley 1739 de 2014 y el Decreto 26 de enero de 2015 que le permite ponerse al día presentando la declaración y pagando el 100% del impuesto a cargo y el 30% de las sanciones e intereses. Para la correcta aplicación de la ley debe estar al día con sus obligaciones tributarias de 2014. Normalice su obligación con Bogotá. Para ser atendido con mayor comodidad, agende su cita a través de la Línea 195 las 24 horas del día. Allí puede escoger el punto de atención más cercano a su residencia u oficina, (SuperCades de 20 de Julio, Américas, Suba, CAD, Calle 13 y Bosa) donde estaremos dispuestos a brindarle la asesoría y liquidación de sus obligaciones. Tenga en cuenta que esta comunicación no requiere respuesta escrita. Evite la apertura o avance de procesos administrativos que le generarán mayores costos por sanciones e intereses. Cordialmente, |
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Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá |
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Fecha de publicación: 29/04/2015
Fecha de última actualización: 29/04/2015