Secretaría Distrital de Hacienda

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Medidas transitorias especiales - Decreto 026 de 2015 - Of. Liquidación Propiedad

Bogotá, D.C. Mayo de 2015

Señor
Contribuyente

Bogotá D.C.

 

Reciba un cordial saludo:

La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, busca permanentemente la comunicación con la ciudadanía para orientarla en el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias.


En años anteriores Usted dejó pasar la oportunidad de estar al día en el pago de los impuestos del Predio o Vehículo [OBJETO] por la vigencia [VIGENCIA], por este motivo dicha vigencia ya tiene un acto administrativo (Emplazamiento para declarar).

Por lo anterior lo invitamos a que se  acoja a la terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios establecidos en la Ley 1739 de 2014 y el Decreto 26 de enero de 2015 que le permite ponerse al día presentando la declaración y pagando el 100% del impuesto a cargo y el 30% de las sanciones e intereses.

Para la correcta aplicación de la ley debe estar al día con sus obligaciones tributarias de 2014.

Normalice su obligación con Bogotá. Para ser atendido con mayor comodidad, agende su cita a través de la Línea 195 las 24 horas del día. Allí puede escoger el punto de atención más cercano a su residencia u oficina, (SuperCades de 20 de Julio, Américas, Suba, CAD, Calle 13 y Bosa) donde estaremos dispuestos a brindarle la asesoría y liquidación de sus obligaciones.

Tenga en cuenta que esta comunicación no requiere respuesta escrita.

Evite la apertura o avance de procesos administrativos que le generarán mayores costos por sanciones e intereses.

Cordialmente,

Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá
Secretaría Distrital de Hacienda
 

 

 

Fecha de publicación: 29/04/2015

Fecha de última actualización: 29/04/2015

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