REPOSICIÓN DE CHEQUES
Devolución de cheques originales, antes de radicar solicitudes de restitución para las personas naturales y/o jurídicas
Servicio presencial
Sin costo
Duración: 30 días hábiles, el último día hábil del mes
Devolución de cheques originales, antes de radicar solicitudes de restitución para las personas naturales y/o jurídicas
Servicio presencial
Sin costo
Duración: 30 días hábiles, el último día hábil del mes
Ten en cuenta:
Para la SDH los pagos de anticipos de las entidades corresponden a cuentas por pagar normales con su respectivo RP asociado, según definición de los líderes de la DDT(1); y cuando la factura llegue a la entidad, deben crear la cuenta por pagar por el saldo a pagar. En la DDT no se realizan amortizaciones de anticipos a cuentas por pagar, ya que deben siempre crear el valor de la cuenta con el neto a pagar.
(1) Dirección Distrital de Tesorería
Para el trámite de pagos en la Tesorería Distrital, cada entidad lo realizará a través de la plantilla de cargue, puede cargar de una (1) a "N" cuentas por pagar (CxP). En este sentido la entidad ordenadora es la responsable del cargue, validación y contenido.
Con respecto a los tiempos de giro o pago a contratistas y proveedores se debe tener en cuenta lo establecido en la Circular vigente de la Dirección Distrital de Tesorería.
Para el control de los reenvíos por rechazos, existen transacciones en SAP para la consulta de los respectivos rechazos y reenvío de estos. Consulta de Rechazos ZTRR_0007 y Reordenación de Pagos ZTR_0058.
Los giros a las cooperativas que están intervenidas por el Estado se deben reportar a la cuenta judicial indicada por el ente interventor, manejando la estructura del archivo plano de "Embargos".
En cuanto a información a diligenciar para pagos no tiene ningún cambio, lo que se debe tener en cuenta es el tipo de recurso, para elaborar el tipo de documento de pago, así: NS = para recursos SGP(1) y NA = pago de aportes con recursos ordinarios.
(1)Sistema General de Participaciones
La Condición de Pago está conformada por el código de la entidad y la unidad ejecutora sin guiones ni ceros a la izquierda, para el caso del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD - es 2111. La información de cada entidad se puede consultar en la Tabla Condición de Pago, la cual está disponible en la página de Bogdata https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/bogdata , en la sección Entidades/Biblioteca/Tesorería
Las entidades distritales son las responsables legales y tributarias de aplicar y liquidar los descuentos tributarios, la Dirección Distrital de Tesorería - DDT paga las Cuentas por pagar según lo ordene la entidad y consolida y presenta los impuestos según los aplique y liquide la entidad. En la plantilla de cargue de cuentas por pagar se crean posiciones del gasto acordes a las bases excluyentes o gravadas del IVA con su indicador respectivo (cada indicador definido por el líder de Contabilidad tiene las características y porcentajes requeridos). Se deberá crear una posición con la base gravada y su respectivo indicador, y las posiciones no gravadas no tendrán indicador asociado. En la página de Bogdata https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/bogdata en la sección Entidades/Biblioteca/Contabilidad se pueden consultar los indicadores de IVA.
El ordenador del gasto y/o representante legal de cada entidad o unidad ejecutora es el responsable de la distribución y administración del PAC tanto de la vigencia como de la reserva.
Es la diferencia entre el PAC programado mensual y el PAC ejecutado.
El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) de las entidades que conforman la Administración Central y los Establecimientos Püblicos, es aprobado anualmente por el CONFIS en la última sesión efectuada en el mes de diciembre del año inmediatamente anterior. La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) esta solo facultada para aprobar reprogramaciones, siempre y cuando el cambio requerido no altere el monto total aprobado mensualmente a todas las entidades.
El PAC de los Fondos de Desarrollo Local es aprobado por el Tesorero (a) Distrital en el mes de enero de cada año.
Todas las entidades de la Administración Central, de los Establecimientos Públicos y los Fondos de Desarrollo Local que se financien con los recursos del Distrito.
La sigla PAC significa Programa Anual Mensualizado de Caja y es un instrumento de administración financiera mediante el cual se verifica y aprueba el monto máximo mensual de fondos disponibles para las entidades financiadas con los recursos del Distrito.
Fecha de publicación: 29/12/2021
Fecha de última actualización: 29/12/2021